Revisar los mensajes entre cónyuges o miembros de la misma familia es un acto que viola el derecho fundamental a la privacidad
Ciudad de México. – Para salvaguardar el derecho de la inviolabilidad de las comunicaciones, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó que está prohibido grabar, almacenar, leer o registrar, sin el consentimiento de los interlocutores, una comunicación ajena.
“Sustraer o apoderarse de correos electrónicos ajenos, sea entre cónyuges o miembros de la misma familia, es contrario al derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas”, compartió la SCJN en sus redes sociales.
Esto después de que un hombre imprimió 343 correos electrónicos de su esposa, los presentó ante el juzgado para demostrar el adulterio de su pareja y así obtener el divorcio y la custodia de sus hijos.
El caso lo analizó la Suprema Corte a través de un amparo en revisión con número: 1621/2010, a cargo del ministro Arturo Zaldívar.
Archivo del expediente 🔗 https://bit.ly/2dhoSDj